COMUNICADO 04.2026
EN DEFENSA DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y, UNA VEZ MÁS, DE LA DEMOCRACIA REPRESENTATIVA
A propósito del caso presentado por la politóloga Gloria Álvarez en el cual es señalada por el Tribunal Supremo Electoral (TSE) de incumplir el Artículo 94 Bis de la Ley Electoral y de Partidos Políticos, los Fusionistas hacemos saber a la opinión pública:
Apoyamos a Gloria Álvarez en su defensa de la libertad de expresión, de su participación en el debate público y de su libertad de reunión, porque consideramos que la preservación de tales libertades, para ella y para todos los guatemaltecos, es fundamental para establecer una verdadera república democrática en Guatemala.
Suscribimos también su argumento sobre una virtual postulación “si y sólo si, el ordenamiento jurídico guatemalteco llega a permitir candidaturas presidenciales independientes”, y dado que dicha opción no está contenida en las leyes vigentes, sino que es en sí misma una de sus propuestas de reforma, es claro que no está incurriendo en delito alguno.
Igualmente nosotros, quienes desde 2016 proponemosla “des-estatización” de los partidos, mediante la derogación de 110 artículos, entre ellos el Art. 94 Bis, de la que hemos llamado: Ley electoral y “contra” partidos políticos. Aunque, en nuestro caso, no descartamos la eventual posibilidad de buscar espacios en el Congreso mediante algún partido institucional, serio, de derechas y conservador.
La expresión pública de una aspiración política o la publicación de propuestas de reformas políticas no puede constituir, en ningún caso, un acto violatorio de la ley, pues de ser así se coartarían abiertamente las libertades civiles y políticas más elementales, tales como la libertad de expresión y la libre emisión del pensamiento. Así se tengan aspiraciones reales, como es el caso del Sr. Roberto Arzú o Carlos Pineda, por ejemplo; o sean estas virtuales, como es el caso de Gloria Álvarez o el nuestro.
El caso de Gloria Álvarez nos incumbe a los Fusionistas, porque nosotros de manera semejante nos presentamos como un virtual partido político y promovemos públicamente las Cinco Reformas como programa de transición al capitalismo liberal en Guatemala. Navegamos en la informalidad de la política partidaria, pero de forma legítima y transparente. Ejerciendo nuestras libertades civiles y políticas, tales como la libertad de expresión y la libre emisión del pensamiento, de reunión, de asociación y de participación cívico-política.
Empero, al margen de todo lo anterior, aprovechamos la oportunidad para reiterar nuestra defensa de la democracia representativa y sus instituciones naturales: los partidos políticos. Nosotros no apoyamos el “directismo”, materializado en esa idea de “candidaturas independientes” o, para el caso del Congreso, “la eliminación de elección de diputados por listas”, lo cual nos parece un error. Porque la teoría de la representación en el derecho privado no es aplicable a la representación en el derecho político. El “Discurso de Edmund Burke a los electores de Bristol”, la conferencia “En defensa de la representación” del politólogo Giovani Sartori y nuestros múltiples escritos explican este error conceptual.
Guatemala de la Asunción, 22 de septiembre de 2026


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